Housing and regulations in Spain
Alquiler de vivienda: qué cambian las nuevas medidas del Gobierno y desde cuándo

El Gobierno de Pedro Sánchez aprobó en octubre dos reales decretos-ley con cambios en el alquiler de vivienda. No todas las medidas empiezan a aplicarse al mismo tiempo: una norma entró en vigor el 8 de octubre y otra prevé cambios desde noviembre, sujetos a convalidación parlamentaria.
Actualización anual de la renta
El Real Decreto-ley 29/2026, publicado en el BOE el 7 de octubre y en vigor desde el día 8, limita temporalmente las actualizaciones anuales hasta el 31 de diciembre de 2027. Si la renta supera el máximo aplicable según el sistema de índices de referencia, no procede incremento. En los demás supuestos, las partes pueden pactar la actualización; si no hay acuerdo, el aumento no puede superar el 2 %.
Prórroga extraordinaria de hasta dos años
La norma permite solicitar prórrogas anuales de hasta dos años adicionales para contratos de vivienda habitual que estuvieran vigentes al entrar en vigor y cuyo periodo de prórroga obligatoria, tácita o reconducción termine antes del 31 de diciembre de 2028. Entre las condiciones, la persona arrendataria debe estar al corriente del alquiler y haberlo estado cada mes durante los ocho meses anteriores. La prórroga debe solicitarse y existen excepciones, por lo que no se aplica automáticamente a todos los alquileres.
Alquiler por habitaciones y de temporada
El Real Decreto-ley 29/2026 también modifica reglas para los arrendamientos de temporada y por habitaciones. Entre otras previsiones, establece que, en zonas de mercado residencial tensionado, la suma de las rentas de las habitaciones no puede superar la renta que correspondería al alquiler de la vivienda completa. El alcance concreto depende del tipo de contrato y de la regulación aplicable.
Un segundo cambio previsto para noviembre
El Real Decreto-ley 28/2026 plantea un nuevo régimen de prórroga de los contratos de vivienda habitual una vez cumplidos los periodos mínimos de cinco años —o siete si el arrendador es una persona jurídica—, con preavisos distintos para arrendador y arrendatario. Su entrada en vigor está fijada para el 15 de noviembre de 2026. La nota oficial del Gobierno señala que esta norma debe ser convalidada por la Diputación Permanente, por lo que conviene comprobar su situación antes de aplicar sus previsiones.
Qué conviene revisar
Los cambios afectan a la duración y actualización de algunos contratos, pero no convierten por sí solos una reforma en subvencionable ni sustituyen la revisión del estado del inmueble. Propietarios e inquilinos deberían comprobar el contrato, las fechas, el tipo de arrendamiento y las excepciones aplicables antes de tomar una decisión. Esta información es general y no sustituye el asesoramiento jurídico sobre un caso concreto.
Imagen ilustrativa generada con IA; no representa una vivienda concreta.
Información comprobada el 12 de octubre de 2026. Fuentes: Real Decreto-ley 29/2026 (BOE), Real Decreto-ley 28/2026 (BOE) y resumen del Gobierno.
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